Guía práctica

Trámites funerarios paso a paso.

Una guía clara para orientarte en los primeros días tras un fallecimiento en la provincia de Alicante: qué hacer en las primeras horas, qué documentos necesitas, cómo gestionar pensiones y herencias, y cuáles son tus derechos.

¿Ha fallecido un familiar en las últimas horas?

En situaciones urgentes, el orden importa: primero llama al 112 si el fallecimiento ocurrió en domicilio, localiza a una funeraria de confianza y acude al tanatorio para organizar el velatorio. Todo lo demás —registro civil, pensiones, herencia— puede esperar unos días. Esta guía te acompaña en cada paso.

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Primeras 24 horas

Qué hacer en las primeras horas tras el fallecimiento.

Si el fallecimiento ocurre en domicilio, llama al 112. Se desplazará un equipo sanitario que confirmará el fallecimiento y emitirá el parte médico. Si ocurre en hospital o residencia, será el propio centro quien expida el certificado y coordine los primeros pasos.

A continuación, la familia debe elegir una funeraria que se encargue del traslado al tanatorio. Tienes libertad total de elección: ni el hospital ni el seguro pueden imponerte una empresa concreta.

Lo que necesitas tener a mano

  • DNI o pasaporte del fallecido
  • Tarjeta sanitaria (SIP)
  • Póliza del seguro de decesos (si la había)
  • Datos de contacto de familiares cercanos
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Documentación médica

El certificado médico de defunción.

El certificado médico de defunción lo emite el médico que atendió el fallecimiento (112, médico de cabecera, hospital). Es el documento imprescindible sobre el que giran todos los trámites posteriores.

Más adelante necesitarás el certificado literal de defunción, que emite el Registro Civil tras inscribir el fallecimiento. Pide varias copias: bancos, seguros y aseguradoras te las van a pedir.

Consejo: solicita al menos 5 copias del certificado literal de defunción. Evitarás desplazamientos extra en las semanas siguientes.
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Servicio funerario

Elegir funeraria y tanatorio.

Puedes elegir libremente la funeraria y el tanatorio: es un derecho reconocido por ley. Si el fallecido tenía seguro de decesos, llama a la aseguradora: ellos se encargan de coordinarlo con una funeraria conveniada, pero puedes optar por otra si lo prefieres (con posible repercusión en la póliza).

Para elegir tanatorio, la cercanía suele ser el criterio principal. Consulta nuestro directorio por localidad con teléfonos 24 h, servicios y cómo llegar de los 52 tanatorios de la provincia.

Preguntas clave al contratar

  • ¿Qué incluye el presupuesto cerrado? (ataúd, sala, traslado, gestiones)
  • ¿Hay crematorio propio o se subcontrata?
  • ¿Qué tasas municipales o de cementerio se suman aparte?
  • ¿Se puede hacer ceremonia civil o personalizada?
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Despedida

Velatorio y ceremonia.

El velatorio dura habitualmente entre 12 y 24 horas y tiene lugar en la sala climatizada del tanatorio, donde pueden acudir familiares y allegados. La ceremonia —religiosa, civil o laica— se organiza con el personal del centro, que también gestiona esquelas, flores y retransmisión online si la familia lo solicita.

Tras el velatorio tiene lugar el entierro o la incineración según voluntad del fallecido o decisión de la familia. En la provincia, la mayoría de los grandes centros cuentan con crematorio propio.

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Registro Civil

Inscripción del fallecimiento.

La inscripción en el Registro Civil debe realizarse en las 24 horas siguientes al fallecimiento. Habitualmente la gestiona la propia funeraria junto con los permisos de enterramiento, pero conviene confirmarlo.

Una vez inscrito, podrás solicitar el certificado literal de defunción, gratuito y disponible también de forma online en la Sede Electrónica del Ministerio de Justicia.

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Seguridad Social

Pensión de viudedad, orfandad y auxilio por defunción.

La Seguridad Social ofrece varias prestaciones: pensión de viudedad (vitalicia para el cónyuge o pareja), pensión de orfandad (hijos menores de 21 años) y auxilio por defunción (ayuda económica única para gastos funerarios).

Se tramitan en la Sede Electrónica de la Seguridad Social o en los Centros de Atención e Información (CAISS). El plazo para solicitarlas es de 5 años, pero conviene hacerlo en las primeras semanas para evitar retrasos en el cobro.

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Herencia

Últimas voluntades y aceptación de herencia.

Pasados 15 días hábiles desde el fallecimiento, se puede solicitar el Certificado de Últimas Voluntades (Ministerio de Justicia) y el Certificado de Contratos de Seguros de Cobertura de Fallecimiento. Ambos son necesarios para conocer si existía testamento y qué seguros de vida tenía contratados el fallecido.

Con esos documentos, se acude al notario para aceptar la herencia y se liquida el Impuesto de Sucesiones (plazo: 6 meses, prorrogables otros 6). En la Comunitat Valenciana existen bonificaciones importantes para parientes directos.

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Gestiones posteriores

Bajas, cuentas y suministros.

En las semanas siguientes hay que comunicar el fallecimiento a bancos, compañías de suministros (luz, agua, gas, telefonía), Tráfico (vehículos) y Hacienda. Los bancos suelen bloquear temporalmente las cuentas hasta aclarar la situación sucesoria.

Bajas habituales

  • Padrón municipal y empresas suministradoras
  • Bancos y sociedades gestoras de valores
  • Dirección General de Tráfico (vehículos)
  • Agencia Tributaria: IRPF, Impuesto de Sucesiones
  • Mutualidades y colegios profesionales

Preguntas frecuentes

Dudas habituales sobre los trámites.

Respuestas rápidas a las preguntas que más nos llegan por el formulario de contacto.

¿Cuánto cuesta un funeral en la provincia de Alicante?
El precio medio ronda los 3.500 €–5.500 €, según servicios contratados (cremación vs inhumación, tipo de ataúd, sala, coche fúnebre, esquelas). Pide siempre presupuesto cerrado y detallado antes de firmar.
¿Puedo cambiar de tanatorio si tengo seguro de decesos?
Sí. La ley garantiza la libre elección de tanatorio y funeraria. La aseguradora debe reembolsar el servicio hasta el límite contratado, aunque lo prestes con otra empresa distinta.
¿Cuánto tarda el Registro Civil en emitir el certificado?
La inscripción es inmediata (24 h). El certificado literal se puede obtener presencialmente en el Registro o solicitarlo online en la Sede Electrónica del Ministerio de Justicia, con entrega por correo en 5–10 días.
¿Qué pasa con la cuenta bancaria del fallecido?
El banco bloquea los movimientos hasta que se presente la aceptación de herencia y se liquide el Impuesto de Sucesiones. Sin embargo, permite retirar cantidades razonables para gastos funerarios y recibos domiciliados con el certificado de defunción.
¿Cómo sé si tenía testamento?
Con el Certificado de Últimas Voluntades (Ministerio de Justicia). Se puede solicitar pasados 15 días hábiles desde el fallecimiento, aportando el certificado literal de defunción.

¿Necesitas más ayuda?

No tienes que hacer todo esto solo.

Encuentra el tanatorio más cercano y su teléfono 24 h, o escríbenos con tu caso: el equipo editorial te orienta sobre trámites y recursos públicos.